¿Y qué tiene que ver con nosotros, dijo un publicista?
Mucho. Porque una de las acciones mayormente emprendidas por el SERNAC contra las empresas dice relación con “publicidad engañosa”. Es decir, la que muestra información incompleta, confusa, contradictoria en la gráfica y/o sus textos y que pueda mover a error o confusión al consumidor en la toma de su decisión. Esto se ve en la publicación de promociones u ofertas, que luego nos sorprenden resultando que nunca fueron “la mejor oportunidad”, “algo nunca visto” o “el mejor día de tu vida”. En este caso, la guinda de la torta es la clásica excepción, limite o salvedad que se camufla en el “texto legal”, que se luce al pie de volantes, avisos, en pack final de comerciales y sobre todo, comiéndose la idea en las frases de radio, de entidades financieras principalmente.
Y, mucho más. Con la nueva ley, los publicistas y avisadores tendrán que dar más que explicaciones. La ley ahora los alcanza en varias formas. Los puso, incluso, al alcance de la multa, que según el tipo de producto o servicio, puede llegar a superar los $100.000.000 por infracción.
Entonces, a ojos vista, una buena medida sería empezar a conocer la Ley de Protección al Consumidor en su versión actualizada.
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